FILMAR: la sociedad que administrará los derechos del cine boliviano desde 2027
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A partir de 2027, Bolivia ingresará en una nueva etapa en la protección de los derechos de autor del sector audiovisual. La Sociedad Boliviana de Autores y Productores Cinematográficos y Audiovisuales (FILMAR) iniciará el cobro y la distribución de regalías por la utilización pública de películas, documentales, series, cortometrajes y demás obras audiovisuales, consolidando un modelo que desde hace décadas opera en numerosos países.
La creación y el funcionamiento de una sociedad de gestión colectiva no constituyen una figura nueva en la legislación boliviana. Esta posibilidad está prevista en la Ley N.º 1322 de Derecho de Autor, su reglamento y la Decisión 351 de la Comunidad Andina, son las normas que reconocen la facultad de los titulares de derechos para organizarse y administrar colectivamente sus derechos patrimoniales. Asimismo, el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI) es la entidad encargada de autorizar y supervisar a estas sociedades.
En términos prácticos, FILMAR actuará como representante de autores, directores, guionistas y productores titulares de derechos audiovisuales que decidan afiliarse voluntariamente.
En lugar de que cada creador deba negociar de manera individual con canales de televisión, empresas de cable, plataformas digitales, hoteles, aerolíneas o establecimientos que exhiben obras audiovisuales, la sociedad realizará esa gestión de forma colectiva.
El mecanismo es similar al que desde hace años funciona en Bolivia para compositores y autores musicales. Cuando una película, un documental o una serie sea comunicada públicamente, la entidad usuaria deberá cancelar la remuneración establecida por la normativa y las tarifas autorizadas. FILMAR recaudará esos recursos y posteriormente los distribuirá entre los titulares de derechos conforme a criterios técnicos, registros de uso y reglas de reparto previamente aprobadas.
Uno de los conceptos centrales es la comunicación pública, es decir, toda exhibición o difusión de una obra audiovisual ante un público, ya sea mediante televisión abierta, televisión por cable, proyecciones, hoteles, transporte de pasajeros, plataformas u otros espacios en los que la obra genere un aprovechamiento económico o institucional. Esa utilización da lugar al pago de una remuneración a favor de los titulares de derechos, independientemente de que exista un contrato de emisión o una licencia de contenido.
Los beneficios son múltiples. Para los creadores, implica la posibilidad de recibir ingresos por la explotación continuada de sus obras, incluso muchos años después de su producción. Esto fortalece la sostenibilidad económica de la actividad cinematográfica y genera incentivos para el desarrollo de nuevas producciones nacionales.
Para los usuarios de contenidos, también representa ventajas. Una sola entidad centraliza las autorizaciones y el pago de derechos, lo que brinda mayor seguridad jurídica y simplifica los trámites administrativos. En lugar de negociar con numerosos titulares de derechos, los usuarios podrán gestionar sus obligaciones a través de un único interlocutor.
FILMAR también desempeñará un papel relevante en la defensa jurídica de los derechos de sus asociados, el registro de repertorios, la suscripción de convenios de representación internacional y la promoción del respeto a la propiedad intelectual, aspectos fundamentales en un contexto en el que las plataformas digitales y el consumo de contenidos audiovisuales continúan en expansión.
La legislación boliviana reconoce que las sociedades de gestión colectiva cumplen una función de interés público, ya que permiten proteger tanto los derechos morales como los patrimoniales de los autores y garantizar una distribución transparente de las regalías.
La Ley de Derecho de Autor, además, establece que no puede existir más de una sociedad por cada rama artística reconocida, lo que convierte a FILMAR en la entidad especializada




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